A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Delgado Cano Edilma Del Socorro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia -Sala Unitaria de Decisión- y el Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Medellín.
La controversia se presentó respecto a una demanda ejecutiva interpuesta por un particular en contra de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, con el fin de que se libre mandamiento de pago con ocasión de una resolución donde se reconoció sustitución pensional a favor del demandante.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer el caso que suscita el conflicto sub examine.
Esto es así por cuanto se trata de un proceso ejecutivo en el que se pretende que se libre mandamiento de pago por unas prestaciones laborales que fueron reconocidas mediante un acto administrativo.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia -Sala Unitaria de Decisión- y el Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia -Sala Unitaria de Decisión- y debe reasumir la competencia del referido proceso.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2050 al Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia -Sala Unitaria de Decisión-, para lo de su competencia y para que, en la etapa procesal correspondiente, comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.